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01/08/2020 - MNP asegura que militares no deberían haber allanado viviendas en CDE
El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura afirmó que los militares no deberían haber actuado en Ciudad del Este, Alto Paraná, tras el enfrentamiento con supuestos contrabandistas que poste

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) recordó que los artículos 173 y 175 de la Constitución Nacional “delimitan muy claramente las atribuciones tanto de las Fuerzas Armadas como de la Policía Nacional”. En ese sentido, el comisionado del organismo, Dante Leguizamón, aseguró que “de ninguna manera” los efectivos militares deberían haber actuado en Ciudad del Este, Alto Paraná, a mediados de julio.
 
Agregó que mucho menos de la forma que lo hicieron, ya que constataron torturas entre los pobladores de la zona. El hecho ocurrió el pasado 16 de julio en el barrio San Miguel, en la zona del río Paraná.
 
Unos marinos fueron atacados por supuestos contrabandistas cuando hacían una verificación en horas de la noche. A consecuencia del enfrentamiento, uno de los uniformados, Marcos Gabriel Agüero, falleció tras ser gravemente herido.
 
Luego del enfrentamiento, según la denuncia de los afectados, los militares atropellaron viviendas en búsqueda de los atacantes. Hasta hubo denuncias de tortura por parte de los vecinos de la zona.
 
El informe del MNP recordó que si bien la jurisdicción de la Marina es de hasta 50 metros de la playa, las acciones deben realizarse tras un hecho en flagrancia. Leguizamón indicó que, según los testimonios, los allanamientos se realizaron luego de al menos 30 minutos del hecho.
 
El operativo irregular realizado por la Prefectura Naval dejó 35 detenidos. A consecuencia de las denuncias de tortura, el capitán de navío Walter Fernando Díaz Aguilera fue reemplazado por el capitán de navío Cristhian José Rotela Valdez. Además, la Armada abrió una investigación.
 
Sin embargo, hasta el momento no hay uniformado imputado por el caso.
 
Por otro lado, el MNP recomendó a las autoridades una investigación efectiva sobre lo ocurrido, tanto el homicidio doloso del suboficial Agüero como las posibles torturas por parte del personal militar. Además, encomendó a la Municipalidad de Ciudad del Este una intervención sicológica y social a la comunidad en general, en coordinación con el Ministerio de Salud para la contención y rehabilitación de los afectados.
 
Ello, con base en lo que establecen los artículos 173 y 175 de la Constitución Nacional.
 
El artículo 173 de la Carta Magna establece que las Fuerzas Armadas tienen el deber de “custodiar la integridad territorial”. Mientras que el artículo 175 instituye a la Policía Nacional a mantener el orden público y se encarga de la seguridad interna de la nación.
 
Leguizamón explicó con respecto a los militares que deben encargarse de la defensa externa y custodiar las fronteras.